Ley de Transparencia



Ley de Transparencia

La transparencia es necesaria en cualquier gobierno que se diga democrático y debe ser un derecho el exigirla (y un deber utilizarla de forma adecuada). Hace no muchos años, Chile se sumó a la lista de países que de alguna forma buscan transparentar y en cierta forma aclarar sus movimientos (algunos, obviamente) económicos, publicando información sobre gastos, compras, contratos, beneficios, sueldos, estructura orgánica de sus instituciones, entre otros puntos. En Chile, La ley Nº 20.285 busca “Regular el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información.”

Esto significa el derecho a la información pública pero no a toda, existen excepciones para determinados casos, o sea, NO TODA LA INFORMACIÓN ES TRANSPARENTADA Y PUBLICADA.
La ley se basa en inciso 2° del artículo 8° de la Constitución Política: “Son públicos los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como sus fundamentos y los procedimientos que utilicen. Sin embargo, sólo una ley de quórum calificado podrá establecer la reserva o secreto de aquéllos o de éstos, cuando la publicidad afectare el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.”

La ley se basa en los siguientes principios:
a) Principio de la relevancia: Toda información que tengan las instituciones del Estado se presumen como relevantes, independiente de su formato, soporte, origen, fecha, clasificación o procesamiento.

 b) Principio de la libertad de información: Toda persona tiene el derecho a acceder a la información, sólo con excepciones o limitaciones establecidas por leyes de quórum calificado.
c) Principio de apertura o transparencia: Toda la información en poder de los órganos de la Administración del Estado se presume pública, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas.
d) Principio de máxima divulgación: Los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar información en los términos más amplios posibles, excluyendo sólo aquello que esté sujeto a las excepciones.
e) Principio de la oportunidad: Los órganos de la Administración del Estado deben proporcionar respuesta a las solicitudes de información dentro de los plazos legales, con la máxima celeridad posible y evitando todo tipo de trámites dilatorios.
f) Principio de gratuidad: El acceso y solicitud a la información es gratuito.


La ley de transparencia se aplica a los ministerios, intendencias,  gobernaciones, gobiernos regionales,  municipalidades, Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública, y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa. También a las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio.

La ley creó, además, 2 tipos de transparencia, una activa y una pasiva. La transparencia activa consiste en que el respectivo organismo debe tener integrada vía electrónica toda la información pública. La transparencia pasiva se refiere a que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la administración del Estado, esto tiene un procedimiento para solicitar dicha información por medios electrónicos o por escrito.
Ahora vamos a la transparencia en nuestra universidad. La ley se aplica a todas las administraciones del Estado, esto incluye a “sus” Universidades.
En la página web de transparencia activa de la UFRO, http://transparencia.ufro.cl/ se puede tener acceso (hay que tener sólo curiosidad y paciencia) a mucha información que está disponible para nuestro análisis. Desde los sueldos de los funcionarios, estructura orgánica, compras, contratos, etc.


Sitio web transparencia Universidad de La Frontera
http://transparencia.ufro.cl/

Sitio web transparencia Mineduc
http://www.mineduc.cl/transparencia/index.html


Por Javier Cardenas C,

Asambleas


La definición clásica de Asamblea: Reuniones que son producto de la espontaneidad, en que participa un grupo numeroso de personas, con un propósito definido, y están sujetas a ciertas técnicas o normas para la discusión. A fin de que se obtengan los mejores resultados"

Y su origen anecdóticamente proviene de las tierras del origen de Libertad y la Fraternidad, assemblée. Su significado: "Reunión numerosa de personas convocadas para algún fin. Las asambleas se formaron para facilitar la participación democrática del pueblo en las decisiones que podían afectarles. Estas se remontan al origen de las sociedades y se encuentran en todos los pueblos que han gozado de alguna libertad".

Hay altas probabilidades que si usted está leyendo esto, haya alguna vez en su vida participado de una. Ahora vamos al hueso.

Nos vamos a preocupar de entender el significado que ésta tiene en las decisiones que se toman dentro de la Universidad, además de entender por qué debemos participar de ellas. También vamos a clasificar a las asambleas, sin embargo, antes tenemos que saber cómo  se define a nivel universitario. Según nuestros estatutos, la Asamblea General de Estudiantes es la instancia máxima de participación e información de todas y todos los estudiantes de La Universidad. ¿Es legal? Claro, acá no se pueden hacer "cosas" ilegales. Las Asambleas están dentro del marco de la LOCE (sí, la terrible). En el marco taxativo de los Estatutos de la Universidad, ésta se omite, siendo enunciada en los Estatutos de Federación que la regulan, el cual está anexado al reglamento de la propia Universidad, y de la cual cada miembro de la comunidad universitaria en calidad de estudiante es regido. 
Bueno a clasificar, pero antes una breve descripción de las mismas.

Las Asambleas son la instancia democrática en el contexto Universidad, en la cual todo miembro de la comunidad estudiantil puede opinar, declarar una postura y defenderla, en el caso de plebiscito o voto también incurrir en hacerlo de forma democrática y transparente, logrando hacer referencia a algún tema del espectro universitario, incluso incurrir en cambios profundos de la propia política interna, en la cual el conceso y la votación son la muestra democrática del pensamiento del alumnado. Las Asambleas universitarias son la instancia donde todos los miembros de la comunidad universitaria pueden participar. En su contexto se debe garantizar el respeto, el libre pensamiento, y donde las discusiones sean encaminadas a la construcción de bien común y no del bien particular. El consenso y el resultado del voto, consignarán las decisiones que se tomen.

Vamos a La Clasificación
En la UFRO en la práctica existen tres, también están las llamadas extraordinarias:
Asamblea de Carrera: Toma democráticamente decisiones de carrera. Ejemplo: voto a paro de fonoaudiología, votan todos los estudiantes.
Asamblea de Facultad: Toma democrática de decisiones de todas las carreras de una facultad, de Medicina por ejemplo, 5 en contra del paro, 3  a favor,  consenso como facultad bajar el paro. Se toma el consenso de las carreras de Facultad.
Asamblea General o de Federación: Es la instancia máxima de toma de decisiones, no votan estudiantes.

  • Los miembros de la Directiva (de la FEUFRO) tendrán derecho a un voto por persona
  • Los Centros de Alumnos de Facultad a un voto por Facultad 
  • Los Centros de Alumnos de Carrera a un voto por Carrera
Asamblea Extraordinaria y Asamblea de Toma (en este punto podrían aparecer más nombres para una Asamblea según el contexto en que se tomen). La asamblea extraordinaria aparece cuando los consensos, votaciones y/o plebiscitos no fueron resolutivos y es necesaria otra instancia o la necesidad de conocimiento de otros antecedentes para resolverse.
Asamblea de Toma: Es la asamblea que tiene como fin organizar y objetivar una Toma o Paro. 
Otro tipo de clasificación de la asamblea es el fin de esta misma. Todas  las anteriores caen en esta clasificación.
Asamblea Informativa: Es la asamblea que tiene como fin exponer temáticas y nuevos acontecimientos que competen a la comunidad.
Asamblea Resolutiva: Su fin es resolver una temática con la votación o plebiscito para llegar a un consenso.

Nuestra opinión: Creemos en las Asambleas y respetamos las decisiones que de ella salen. Cada miembro de la comunidad universitaria debe participar, recordando que son las únicas instancias en donde se pueden exponer problemáticas  de orden interno y externo que competen directamente a la comunidad, además de responder problemáticas del orden social.  DEBEN respetarse las decisiones que de ella se desprendan.

ADEMÁS RECORDAR QUE EXISTEN ESTATUTOS QUE GARANTIZAN QUE LAS DECISIONES DE ASAMBLEA PROTEGEN A LOS ESTUDIANTES DE LAS DIRETRICES DE ORDEN ACADEMICO QUE PUDIESEN INCURRIR EN LA INTERRUPCION DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS Y/O CLÍNICAS, ADOPTANDO MEDIDAS COMO RECALENDARIZACIÓN  DE ACTIVIDADES, QUE DEBEN SER DISCUTIDAS CON LOS ESTUDIANTES. COMO TAMBIÉN RECORDAR QUE LA NO ADHESIÓN Y/O RESPETO DE LAS MISMAS PUDIESE INCURRIR EN FALTAS QUE PUEDEN SER SANCIONADAS, ES ASI QUE EL ARTÍCULO  DEL  REGLAMENTO DE CONVIVENCIA,  HABLA DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES:

“Acatar las decisiones que democráticamente se adopten al interior de las Organizaciones Estudiantiles, respetando la libertad de conciencia de los demás integrantes de la Comunidad Universitaria.”



    Por Mauricio Lillo 
mauriciolillo@aol.com


El Staff.


FEUFRO Y CONSEJO DE PRESIDENTES






LA  FEUFRO


Muchas veces nos llegan comunicados, correos,  o escuchamos en las asambleas la palabra FEUFRO, no hay que ser un genio para darse cuenta que es una sigla, y  llegamos casi por sentido común a su significado (Y no, no tiene nada que ver con la fé). Entonces cuando recién llegas a la U  sabes bien que es una agrupación de estudiantes pero en la práctica misma no tenemos mucha idea de lo que en realidad hace... HASTA que, como en la vieja política, comienza la tarea de llamar a votar por una lista. 

Pero siendo breve (lo intentare) y citando el articulo número 1 de los Estatutos de nuestra excelentísima Federación.
Esta se autodefine como:  "La Federación de Estudiantes de la Universidad de la Frontera, en adelante “FEUFRO”, es la organización de máxima representación del estudiantado de esta Casa de Estudios Superiores, de carácter autónoma, representativa, democrática, pluralista, critica y fundada en los principios que tienen como misión dirigir al estudiantado en todos aquellos aspectos de la vida estudiantil."

Quiéralo o no, todos somos parte de la FEUFRO, justo después de pagar nuestra matricula y mientras permanezcamos en  calidad de estudiantes de pregrado.  Dentro de sus características,  es Autónoma, o sea,  ni el rector en su calidad de dios podría en algún instante decidir algo dentro de la misma. La elección de la organización, es democrática, pluralista, constructiva y busca el máximo de participación en las elecciones por parte de la comunidad universitaria. 

Y entre sus objetivos están:
Ser representantes de la comunidad universitaria, promover la participación de la comunidad y DEFENSA de NUESTROS DERECHOS.
Además de una extensa lista de promoción a la cultura y las artes.
Una de las actividades de la Federación es mantener un vínculo con las demás federaciones del país y otras organizaciones del mismo tipo. 

¿Qué podemos exigir a nuestros dirigentes?

Primero, ellos nos representan y todas nuestras inquietudes pueden ser expuestas en las instancias que se dan, generalmente asambleas. Además podemos exigir, cuando esto no ocurra, el dar cumplimiento a sus deberes y obligaciones como dirigentes.

La Directiva de la FEUFRO está conformada de esta manera (debería)
Un Presidente 
Un Vice-Presidente 
Un Secretario General 
Un Secretario de Finanzas 
Un Secretario de Extensión y
Un Secretario de Actas 

El Deber de la FEDERACION ES (citando textualmente)

  • Representar a la FEUFRO  
  • Implementar su programa con plena libertad de acción en todos aquellos aspectos que no contravengan las normas del presente Estatuto.
  • Coordinar el trabajo de la FEUFRO.
  • Promover y organizar las actividades propias de la FEUFRO.
  • Administrar eficientemente los recursos de la FEUFRO.
  • Presentar al órgano correspondiente para su aprobación según lo establece el presente Estatuto, todos los proyectos no contemplados en su programa. 
  • Convocar a reuniones extraordinarias a cualquier instancia orgánica de la FEUFRO, debiendo para ello hacerlo con a lo menos 48 horas de antelación y con tabla prefijada, la que debe hacerse pública en lugares de afluencia de alumnos y a través de citaciones a los miembros de la instancia que corresponda. 
  • Proponer al Consejo de Presidentes planes y formas de Movilización.
  •  Convocar a elecciones generales, plebiscitos, asambleas abiertas y cualquier tipo de consulta al estudiantado.
  • Asistir a cualquier reunión convocada por cualquier instancia orgánica, de acuerdo a las atribuciones que dicha instancia le asigne. 
  • Dar cuenta pública y en forma semestral, de su gestión.
  • Delegar funciones en algún(os) miembros de las otras instancias orgánica



Todo esto es tarea de la  Federación, y depende de todos y cada uno exigir que cumplan con su deber, así mismo, que garanticen la representación de la pluralidad de la comunidad y el sentir de todos los estudiantes.

Todos los miembros de la Federación tienen obligaciones, pero cabe en el presidente responsabilidades importantes que a ciencia cierta se deben cumplir: Ser la voz oficial, coordinar la Federación, convocar a los estudiantes y semestralmente dar cuenta de la Federación en la Asamblea General. (De las demás funciones de la directiva, al final de la entrada encontraran links para más información)

CONSEJO DE PRESIDENTES

Nuestro variado Consejo de Presidentes está conformado por La FEUFRO, CC.AA de cada Facultad, Presidentes de CC.AA de cada carrera, Los Vocales y el Representante Estudiantil ante el Consejo Universitario (los dos últimos son encargos de estatutos y son propuestos y elegidos en las votaciones de lista por Federación)

Primero identifiquemos algo para que nunca más se nos olvide. Existen muchos CCAA, supongamos por ejemplo que yo o estudio Ingeniería (en algo). Primero tengo 2 centros de Alumnos que me representan + una federación máxima que escucha todas y cada una de las cuestiones que ocurren en cada Facultad. Así tenemos:
1)  CC.AA de Ingeniería (en algo) que en la práctica debería estar pendiente de todos y cada uno de los estudiantes y delegados de curso,  5 cursos en este caso.
2) CC.AA de FACULTAD:  en este caso LA FICA (FACULTAD DE INGENIERIA CIENCIAS Y ADMINISTRACION, que representa a todas las carreras de la facultad incluida Ingeniería (en algo) y las 14 restantes. 
3)  La FEUFRO entonces le queda procesar y darle ojalá solución digamos diplomática a todas las problemáticas que pudiesen incurrir en TODAS las carreras o a la UFRO entera. 

Así es, la FEUFRO es la organización que garante que esto funcione. Ahora.  El Consejo de Presidentes reúne a todos los presidentes de CCAA de Facultad y Carrera (es lo que se intenta) y es digamos en otras palabras la instancia para expresar por parte de los presidentes TODOS los problemas que pudiesen estar afectando a un curso, carrera o Facultad, y muchas veces a la Universidad completa, y por supuesto se expresan las opiniones y votaciones que se discuten en Asambleas internas (carrera y facultad) en la famosa Asamblea General (la que en resumidas cuenta decide todo democráticamente hablando)

El consejo de presidentes debe 

Reunirse una vez al mes obligatoriamente, y  sus miembros deben compartir las demandas de los representados, con todos los miembros, las decisiones son tomadas democráticamente en Asamblea General  (consejo de presidentes más la comunidad) instancia donde se expresa el sentir de cada carrera y facultad en el asunto de acuerdo a las votaciones y posturas acordadas previamente en cada asamblea de carrera o facultad. El consenso o resultados de las votaciones DEBE ser acatado por toda la comunidad universitaria.

¿Quién vota? 

Según el artículo 39º  "Los miembros de la Directiva (de la FEUFRO) tendrán derecho a un voto por persona, los Centros de Alumnos de Facultad a un voto por Facultad, los Centros de Alumnos de Carrera a un voto por Carrera, los vocales y el representante ante el Consejo Universitario tendrán derecho a voz en esta instancia. " además "Podrán asistir además todas las personas que el Consejo de Presidentes decida invitar"

SON ELLOS, ellos materializan nuestras opiniones y decisiones con su voto, que previamente  se tomaron en  asamblea de carrera, facultad, etc. Seguiremos hablando de Asamblea en otra entrada por su relevancia para la comunidad.


Nuestra Opinión: Sabemos que estamos representados por distintos organismos que  rigen bajo estatutos muchas veces desconocidos por la comunidad universitaria. Debemos estar informados, para con ello poder exigir y poder garantizar que toda la comunidad sea representada. Es responsabilidad de cada integrante de la comunidad asistir a sus asambleas e informarse de las decisiones que se tomen en su carrera, también se debe participar en la elección de sus CC.AA como también de Federación, permitiendo que éstos funcionen y no queden solo en un sin fin de artículos dentro de estatutos internos. 
Apelamos a que la comunidad entera, comprenda la importancia de conocer la funcionalidad de TODOS los puntos tratados para poder exigir sin miedo sus derechos, sin desconocer sus deberes. Uno de ellos es la participación democrática en las instancias en que se llame a votación, la democracia define la organización, pero muchas veces la falta de interés y la participación en la elección de estos y otros organismos, no garantiza que el real pensamiento de toda la comunidad se vea reflejado en las elecciones, votaciones y plebiscitos.
Invitamos a estar informados de quienes les representan y participar activamente en la elección de estos mismos cuando se den las instancias.

Recordar además que la Federación actual de nuestra casa de estudios es resultado de la elección anual de FEDERACION con la participación de cuatro listas siendo ganadora la lista X el año 2012,   su presidente es Ignacio Adaos A.


Links

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Conoce más de los estatutos de la FEUFRO en Prezi:
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El Staff.